Unidades económicas formalmente establecidas ubicadas en el territorio nacional, cuya actividad principal es el comercio (al por mayor y al por menor) excepto las dedicadas a las actividades de reparación y mantenimiento, siempre y cuando estas no se encuentren relacionadas con la actividad comercial; compraventas, puestos de chance, loterías y rifas, telemercadeo o ventas por catálogo. No se incluye el comercio de mercancías usadas excepto las de vehículos automotores.
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El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estadística por tanto estará sujeto a la reglamentación que para el efecto defina el Comité de Aseguramiento de la reserva estadística. Resolución 173 de 2008