Abstract |
El Estado ecuatoriano con el objetivo de combatir la evasión tributaria, implementó en el año 2007 un cambio en el cálculo del anticipo del Impuesto a la Renta de sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad. Las cuentas que se utilizan como base para su cálculo son coeficientes presuntivos de renta. En el año 2010 entro en vigencia la ley que determina que el anticipo es el pago mínimo del Impuesto a la Renta, sin derecho a crédito tributario para los siguientes ejercicios, ni devolución del excedente, excepto cuando la ley y reglamento lo determine. Considerando los cambios significativos que ha experimentado la forma de pago del Impuesto a la Renta mediante el anticipo, se ha realizado la investigación abordando el problema desde el punto de vista empresarial del anticipo. Para fundamentar las posibles distorsiones existentes en el impuesto, hemos seleccionado una muestra representativa de sociedades de la Industria Gráfica correspondientes a la Ciudad de Guayaquil. Se procede a efectuar un análisis comparativo entre el anticipo determinado y el Impuesto a la Renta causado. Para finalizar, se concluye que la forma de calcular el anticipo podría estar generando un impacto negativo a las sociedades tanto en sus finanzas como en su planificación empresarial. A su vez, se recomienda al Estado otras formas de recaudación para evitar que su nivel de inversión y gasto público no se afecte sin necesidad de ser tan agresivos con la economía de los contribuyentes. |