Definition
La edificación será obra privada cuando el propietario original de la misma es una persona privada (natural o jurídica) y se le ha financiado con recursos del sector privado y/o público.
La edificación será obra pública cuando el propietario original y quien financia sea el gobierno Central, Municipio, Consejo provincial, entidades estatales como: IESS, ISSFA, BEV, BEDE, Banco central.