Abstract |
En este documento se devela que existe más de un discurso sobre lo que se entiende por seguridad ciudadana. También expone que el Estado mexicano no ha adoptado el término “seguridad ciudadana” en sus políticas públicas, ni en materia de seguridad (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y Plan Nacional de Seguridad Pública). Por otro lado, las afirmaciones de los organismos internacionales y de los "expertos" sobre el tema han propiciado la posibilidad de confundir "seguridad ciudadana" con "seguridad pública" y se hace evidente que, en el cambio gradual del significado del concepto, algunas entidades federativas y municipios, que anteriormente se autonombraban “Secretarias de Seguridad Pública”, hoy su título es “Secretarias de Seguridad Ciudadana”, lo que se resume en la adopción de nombres distintos, pero con las mismas características, mismas funciones, incluso la aplicación del mismo marco jurídico. El término “seguridad ciudadana”, restringido a la prevención y control de la delincuencia ha adquirido una preponderante importancia, ya que organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos [CIDH] y el Banco Interamericano de Desarrollo [BID] están destinando esfuerzos y recursos para el desarrollo de programas, proyectos y actividades para generar políticas públicas de seguridad ciudadana que disminuyan los índices de violencia y criminalidad. No obstante, hay organismos como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo [PNUD] vinculan a la seguridad ciudadana al desarrollo humano y destinan esfuerzos para el desarrollo de programas, proyectos y actividades para generar políticas públicas que disminuyan la desigualdad, la maginación y la pobreza, lo anterior justifica la razón de la elección del título del presente documento de trabajo. |