Interviewer instructions
Esta pregunta se responde siempre y cuando se haya marcado la opción 2(No) en la pregunta 5(P7454) o contestado la pregunta 7(P7458) del capítulo K. INACTIVOS.
Si la respuesta a esta pregunta es la alternativa 1 (Si), continúe con la siguiente pregunta.
Si la respuesta a esta pregunta es la alternativa 2(No), 3 (Ya es pensionado) ó 9 (No sabe no informa) siga con el flujo correspondiente a la pregunta 10(P7472).
Esta pregunta se debe diligenciar para todos los ocupados.
Para el diligenciamiento de esta pregunta tenga en cuenta:
El sistema general de pensiones tiene por objeto garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la ley 100/93.
Serán afiliados al sistema general de pensiones:
• En forma obligatoria, todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.
• En forma voluntaria, los trabajadores independientes y en general todas las personas naturales residentes en el país y los colombianos domiciliados en el exterior que cumplan algunos requisitos contemplados en la ley 100/93. Los extranjeros que en virtud de un contrato de trabajo permanezcan en el país y no estén cubiertos por algún régimen de su país de origen o de cualquier otro.
• Las personas pensionadas ya no se les descuenta, por lo tanto no están afiliadas a un fondo de pensiones, aunque sigan desempeñando alguna actividad como empleados, asalariados o en condición de trabajadores independientes en estos casos deben marcar alternativa 3.
• Cuando el informante conteste que está afiliado por pensión al Seguro Social, Caja de Previsión, Entidad Administradora de Pensiones (Colmena, Colpatria, Porvenir, Davivir etc.), marque alternativa 1 (Si).
• Existe también el régimen de excepciones correspondiente a entidades que tienen su propio sistema de pensiones, como:
Los miembros de las fuerzas militares y de policía.
Personal civil del Ministerio de Defensa y la policía nacional.
Personal docente afiliado al Fondo Nacional de prestaciones sociales del magisterio.
Empleados y pensionados de Ecopetrol etc.
Si la persona está afiliada a alguno de estos regímenes digite alternativa 1 (SI).
Aunque lo anterior es lo contemplado por la ley, el recolector puede encontrar otras situaciones como: ocupados no afiliados al régimen de pensiones, información que debe registrarse tal cual la suministra el informante.
• Solo se anotará la opción 1 (Si), cuando la persona informa que actualmente se encuentra cotizando para pensiones, es decir, si cotiza por el trabajo que tiene bien sea como empleado (asalariado) o independiente.